¿Sabías que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) puede acceder a tus cuentas bancarias? Y no solo a las cuentas de las personas físicas, también a las cuentas de las empresas. Estas acciones pueden ser ejecutadas por esta dependencia sin la necesidad de una orden judicial, como determinó la Suprema Corte de Justicia de la Nación. ¿Por qué se le otorgó este permiso a dicho organismo? Descúbrelo en el siguiente artículo.

¿Por qué el SAT puede revisar las cuentas bancarias? ⚖️

Las autoridades hacendarias son las encargadas de verificar el óptimo cumplimiento de las obligaciones que los ciudadanos tienen con el Estado en cuanto a sus operaciones fiscales.

Un contribuyente incumple sus obligaciones cuando, por ejemplo, no lleva a cabo su declaración de impuestos, ejecuta defraudaciones fiscales, lavado de dinero, terrorismo o acciones que beneficien al crimen organizado.

El SAT puede revisar tus cuentas bancarias según la ley ⚖️

La Ley de Instituciones de Crédito informa, a través del artículo 142, algunos detalles respecto a esta forma de accionar por parte de las autoridades hacendarias.

⚖️  Las instituciones de crédito, al poseer información confidencial de los usuarios, no pueden hacer públicas las operaciones, depósitos o servicios de este.

⚖️  Las instituciones de crédito solo pueden facilitar información cuando lo solicitan las autoridades judiciales. Las autoridades que pueden solicitar dicha información son las siguientes:

  • El Procurador General de la República.
  • Los procuradores generales de la justicia de los Estados de la Federación.
  • El Procurador General de Justicia Militar.
  • Las autoridades hacendarias federales.
  • La Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
  • El tesorero de la Federación.
  • El titular y los subsecretarios de la Secretaría de la Función Pública.
  • La Unidad de Fiscalización de los Recursos de los Partidos Políticos.

Podría parecer que el SAT no tiene facultades para revisar las cuentas bancarias debido a que dicha ley no lo integra en su artículo 142, sin embargo, el Servicio de Administración Tributaria es una dependencia de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, por lo que cuenta con la autorización total para poder ejecutar esta actividad.

La relación del SAT con la UIF

Como se mencionó anteriormente, el SAT es una dependencia de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Ese es el mismo caso de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF).

Ambas dependencias coordinan acciones para prevenir que ocurran actividades cuya financiación provenga de dinero ilícito, como se menciona en la página oficial del Gobierno Federal.

Algunas ventajas de esta colaboración de administraciones son las siguientes:

⚖️  El SAT ofrece información a la UIF, sobre el esquema de las empresas factureras. Este tipo de empresas emiten facturas falsas a empresas fantasma.

⚖️  El SAT lanzó su portal de prevención de lavado de dinero. Este portal fue creado, en un principio, por la UIF y fueron facilitados por esta administración para que el SAT pudiera divulgarlos de igual manera.

⚖️  La UIF y el SAT colaboran para producir una “guía para la prevención y detección de operaciones relacionadas con la Trata de personas”, como se menciona en la página del Gobierno Federal.

Estas y otras colaboraciones son las que se han llevado a cabo por parte de ambas dependencias, las cuales se encargan de cumplir sus funciones como un deber que tienen con la ciudadanía.

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Fuentes consultadas:

  • https://politica.expansion.mx/mexico/2022/05/11/corte-avala-que-el-sat-pueda-acceder-a-informacion-bancaria-sin-orden-judicial
  • https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/476166/LEY_IDC-142.pdf
  • https://www.gob.mx/sat/prensa/el-sat-da-aviso-a-la-uif-de-cuentas-con-operaciones-irregulares-de-personas-morales-y-fisicas
  • https://idconline.mx/corporativo/2022/07/21/sat-lanza-nuevo-portal-de-prevencion-de-lavado-de-dinero
  • https://www.gob.mx/sat/prensa/sat-y-uif-en-colaboracion-para-implementar-la-guia-para-la-prevencion-y-deteccion-de-operaciones-relacionadas-conlatratadepersonas-35-2021?idiom=es